En el Diario Médico de 28/10/2008 se ha publicado la siguiente noticia que reproducimos por su interés:
El CJC insta a la Conselleria de Sanidad a pagar 35.000 € a un niño por una sordera nerviosa
El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha instado a la Generalitat Valenciana a pagar 35.000 euros a la madre de un niño de 6 años que padece sordera nerviosa, con una minusvalía del 33% y con dificultad de aprendizaje, tras administrarle la vacuna de la triple vírica (sarampión, rubeola y parotiditis). Así consta en un dictamen del CJC de 2007, que estima la reclamación formulada por la madre del menor y declara la responsabilidad patrimonial de la Generalitat Valenciana. Considera que en este caso, en el que el beneficiario de la vacuna no es una única persona sino una colectividad, el Estado debe asumir la reparación de los daños individualizados.
La noticia tiene mucha relevancia porque son muchos los deficientes auditivos cuya pérdida auditiva tiene su origen en una mala administración sanitaria.
El dictamen favorable del CJC se enmarca dentro de un procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública (artículos 139 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y RD 429/1993, de 26 de marzo, que aprueba el reglamento del procedimiento de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas).
