miércoles, 9 de julio de 2008

Servicio aeroportuario de asistencia a personas de movilidad reducida


AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) informa en su web del servicio de asistencia a las personas con movilidad reducida (PMR) a la hora de viajar en avión.

Es responsabilidad de las compañías, los aeropuertos y los agentes de servicios relacionados con ambos atender las necesidades de las PMR que las especifiquen en sus reservas. La mayoría de los servicios que precisan son ofrecidos sin coste alguno, pero siempre es conveniente asegurarse, cuando se realiza la reserva, de que no se cobrará por un servicio extra.

¿Y qué tiene que ver esto con los deficientes auditivos? Es cierto que éstos, en principio, no son PMR, pero las compañías aéreas utilizan unos códigos, reconocidos internacionalmente, para identificar el nivel de asistencia que tienen que prestar a una PMR en cada caso. Y entre ellos figuran los siguientes:

* DEAF: pasajeros sordos.
* DEAF/BLND: pasajeros sordos o con impedimentos visuales para los que se exige un acompañante.

Al realizar la reserva, la PMR debe:

* comunicar cuáles son sus necesidades para viajar.
* comprobar que han recogido toda la información.
* asegurarse de que la asistencia solicitada está anotada en su reserva.
* comunicar lo antes posible la cancelación de su reserva para que, de esta forma, otra PMR pueda ocupar su plaza (ya que son limitadas en cada vuelo).

Si padece una minusvalía sensorial, el personal de la compañía aérea deberá acercarse a usted y ofrecerle el adecuado nivel de asistencia durante el vuelo. Por ejemplo, deberán explicarle los procedimientos de emergencia.

Más información en la web de AENA.

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